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Análisis (breve) de la Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa: Un avance en la protección de los Derechos Fundamentales

 

Hoy, 14 de noviembre de 2024, se ha publicado la Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa, una Ley muy esperada por los profesionales de la abogacía, especialmente por los abogados penalistas. Esta Ley supone un importante paso adelante para garantizar el acceso a una defensa justa, accesible y de calidad tanto para los ciudadanos, como para facilitar el trabajo de los profesionales de la abogacía, en el ejercicio del derecho a la defensa de nuestros clientes. Esta ley regula y, quizá aclara y amplía el derecho de defensa de los justiciables en procesos judiciales y extrajudiciales, ofreciendo nuevas herramientas y garantías que buscan proteger los intereses de los justiciables y establecer un marco más seguro para la actuación de los abogados. Además, refuerza el papel del derecho de defensa en todos los ámbitos jurídicos, destacando la necesidad de asegurar que toda persona, sin importar sus circunstancias, pueda contar con una defensa adecuada y efectiva.

La ley, además, tiene como objetivo fortalecer la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial al establecer mecanismos claros de protección y accesibilidad. Con ello, se busca garantizar que el derecho de defensa sea una realidad tangible para todas las personas, sin importar su situación económica o social. La Ley Orgánica 5/2024 se convierte así en una herramienta fundamental para consolidar los derechos fundamentales en un Estado de Derecho moderno y democrático.

 

¿Cuáles son los efectos de esta Ley para los justiciables?

La Ley Orgánica 5/2024 coloca al ciudadano en el centro del sistema de justicia, asegurando que el derecho a la defensa sea efectivo, accesible y adecuado a las necesidades de cada persona. Estos son algunos de los efectos más relevantes:

– Derecho a la asistencia jurídica gratuita y accesible: La ley amplía el derecho a recibir asistencia jurídica gratuita no solo a aquellas personas que acrediten insuficiencia de recursos, sino también a colectivos en situación de vulnerabilidad, como personas con discapacidad, víctimas de violencia de género, menores de edad y personas mayores. Esto asegura que todos puedan acceder a una defensa de calidad, independientemente de sus circunstancias, promoviendo así una justicia más inclusiva y equitativa. La extensión de este derecho a colectivos vulnerables marca una diferencia significativa, ya que aborda situaciones de desigualdad y garantiza que quienes más lo necesitan reciban apoyo jurídico especializado.

– Información clara y comprensible: Uno de los pilares de esta ley es la obligatoriedad de ofrecer información clara, comprensible y accesible. Esto implica que cualquier persona que enfrente un proceso judicial pueda comprender sus derechos y las opciones a su disposición, algo fundamental para tomar decisiones informadas. La ley contempla la necesidad de adaptar la información a las características de cada individuo, considerando la edad, la capacidad cognitiva y otras condiciones particulares. Así, se busca que incluso aquellas personas que puedan tener dificultades de comprensión cuenten con información adecuada para poder ejercer sus derechos sin barreras.

– Protección del secreto profesional: La ley refuerza la protección del secreto profesional, garantizando que todas las comunicaciones entre un abogado y su cliente serán confidenciales, salvo en situaciones excepcionales previstas por la ley. Esto protege a los justiciables, brindándoles la seguridad de que sus conversaciones con su abogado están protegidas. Esta confidencialidad es esencial para generar confianza en la relación abogado-cliente, lo cual es un elemento indispensable para el ejercicio de una defensa efectiva. Además, la ley establece que cualquier vulneración del secreto profesional será sancionada, lo que refuerza la seriedad con la que se debe abordar este aspecto.

– Acceso a medios electrónicos: Se impulsa el uso de medios electrónicos para facilitar el acceso a la información y los procedimientos judiciales, algo que beneficia especialmente a las personas con discapacidad o que viven en zonas alejadas, asegurando la accesibilidad universal. La digitalización de los procedimientos y la posibilidad de acceder a los mismos de manera remota no solo mejora la eficiencia del sistema judicial, sino que también asegura que las personas puedan seguir sus procesos sin necesidad de desplazarse, lo cual es especialmente útil en áreas rurales o para aquellos con movilidad reducida.

– Derecho a ser oído: La ley también establece el derecho de los ciudadanos a ser escuchados antes de que se adopte cualquier decisión que pueda afectar sus derechos. Esto incluye la posibilidad de presentar alegaciones, aportar pruebas y recibir una respuesta motivada de las autoridades judiciales. De este modo, se garantiza que el justiciable participe activamente en el proceso, promoviendo así una justicia más participativa y transparente.

Efectos para los profesionales de la abogacía

La Ley Orgánica 5/2024 también tiene un impacto directo sobre los abogados y las garantías de su actuación. A continuación, destacamos algunos de los aspectos más relevantes:

– Refuerzo de la libertad e independencia del abogado: La ley establece garantías para que los abogados puedan actuar de forma libre e independiente, sin presiones externas que pudieran comprometer su actuación. Esta independencia es fundamental para garantizar una defensa justa y efectiva para el cliente. Los poderes públicos tienen la obligación de respetar y garantizar esta independencia, lo cual es clave para que los abogados puedan desempeñar su labor sin interferencias que puedan afectar negativamente la calidad de la defensa prestada.

– Formación continua y especializada: Se exige que los abogados mantengan una formación continua y actualizada, lo cual es esencial para asegurar la calidad del servicio jurídico y estar al día con las últimas modificaciones legislativas y doctrinales. Esta obligación de formación no solo se orienta a mejorar las competencias de los abogados, sino también a garantizar que la ciudadanía reciba una asistencia jurídica basada en el conocimiento más reciente y relevante. Además, se establece que los colegios de abogados deben facilitar el acceso a programas de formación para todos sus colegiados, promoviendo la excelencia profesional.

– Conciliación de la vida profesional y familiar: La ley también reconoce el derecho de los abogados a suspender actuaciones judiciales por causas justificadas, como la maternidad, paternidad o enfermedad, lo que supone un importante avance hacia la conciliación de la vida profesional y familiar, algo que hasta ahora no estaba garantizado de manera clara. Esta disposición tiene un impacto positivo en la calidad de vida de los profesionales de la abogacía, permitiéndoles atender sus responsabilidades familiares sin poner en riesgo la defensa de sus clientes. Además, se prevé la posibilidad de solicitar la sustitución temporal del abogado en caso de circunstancias personales que lo requieran, garantizando así la continuidad en la prestación del servicio.

– Protección del secreto profesional: Se refuerza el secreto profesional y la confidencialidad de las comunicaciones abogado-cliente, lo cual es fundamental para generar confianza entre el profesional y el cliente, así como para asegurar una defensa efectiva. Esta protección se extiende también a las comunicaciones electrónicas y a cualquier documentación relativa al caso, de modo que la privacidad del cliente esté completamente asegurada en todos los aspectos del proceso. La ley también establece sanciones claras para aquellos casos en los que se vulnere esta confidencialidad, lo que muestra el compromiso del legislador con la protección de este derecho fundamental.

– Garantías institucionales: Los colegios de abogados juegan un papel fundamental en la aplicación de esta ley, actuando como garantes de los derechos de los profesionales y de los justiciables. La ley establece mecanismos de control y apoyo por parte de estas instituciones para asegurar que se cumplan todas las garantías previstas, incluyendo la formación continua, el respeto a la independencia profesional y la correcta aplicación del secreto profesional.

Conclusiones

La Ley Orgánica 5/2024 refuerza el carácter garantista del derecho de defensa, asegurando que los justiciables puedan acceder a una defensa efectiva, clara y accesible, y que los abogados cuenten con las garantías necesarias para desarrollar su trabajo de forma segura e independiente. Este nuevo marco legal, además, fomenta la transparencia y la protección de los derechos fundamentales, estableciendo una base sólida para la confianza en el sistema de justicia.

 

David Morro Cuenca.

Abogado penalista.

Socio Director de Vidis Abogados SLP.