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Presunción de Inocencia y Tutela Judicial Efectiva. Análisis de la STC 72/2024

El Tribunal Constitucional, en su reciente Sentencia N.º 72/2024, aborda de manera exhaustiva y detallada los principios fundamentales de la presunción de inocencia y la tutela judicial efectiva. Esta sentencia, que anula una resolución en apelaciónde la Audiencia Provincial de Castellñon  por vulnerar estos derechos, establece importantes precedentes en el ámbito del derecho procesal-penal.

La cuestión central de esta sentencia se enfoca en la actuación del tribunal de apelación, que revocó una sentencia absolutoria dictada en primera instancia, ordenando la repetición del juicio. El Tribunal Constitucional determinó que dicha actuación no sólo infringía el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente, sino que también comprometía el principio de presunción de inocencia. En este sentido, el tribunal de apelación había reevaluado pruebas de carácter personal, quebrando así los principios de inmediación, contradicción y audiencia del acusado, requisitos esenciales para la validez de una resolución judicial y un juicio justo​, con todas las garantías​.

El fallo del Tribunal Constitucional subraya la importancia de la inmediación en la valoración de la prueba. Esta doctrina establece que la revisión de una sentencia absolutoria por un tribunal de apelación no debe implicar una nueva valoración de las pruebas personales sin haber presenciado directamente dichas pruebas. En este caso, el tribunal de apelación había sustituido la valoración probatoria del juzgador de instancia sin respetar las garantías de un proceso justo, actuación que es contraria a la doctrina jurisprudencial nacional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

En esta sentencia, el Tribunal Constitucional viene a delimitar las competencias del tribunal de apelación en el marco del recurso de apelación penal. La STC 72/2024 reitera que el tribunal de apelación puede controlar la racionalidad y suficiencia de la valoración probatoria realizada por el juez de instancia, pero no puede reevaluar las pruebas personalmente si no ha presenciado su práctica. Este límite es fundamental para preservar la imparcialidad y la objetividad del proceso judicial, evitando que el tribunal de apelación asuma un rol de juzgador de primera instancia sin las debidas garantías procesales​.

En cuanto al impacto de la decisión, es esencial destacar que la STC 72/2024 no sólo corrige una vulneración específica de los derechos del recurrente, sino que también establece un precedente importante para futuros casos. La sentencia refuerza la necesidad de que los tribunales de apelación respeten los límites de su competencia y actúen dentro del marco de las garantías procesales establecidas. Este enfoque garantiza que los derechos fundamentales de los acusados sean protegidos de manera efectiva y que las decisiones judiciales se fundamenten en un examen y una valoración justa y equitativa de las pruebas​.

En conclusión, la STC 72/2024 reafirma principios fundamentales del derecho penal y procesal-penal, resaltando la primacía de la presunción de inocencia como derecho fundamental y garantía procesal, y la necesidad de un proceso con todas las garantías. La sentencia pone de manifiesto la obligación de los tribunales de apelación de respetar los límites de su competencia, garantizando que la revisión de sentencias se haga de manera justa y equitativa, sin comprometer los derechos fundamentales de los acusados. Este fallo no sólo corrige una vulneración específica, sino que también fortalece el marco jurídico para la protección de los derechos del acusado en el ámbito penal, generando una mayor seguridad jurídica.

 

La tesis del Tribunal Constitucional, que enfatiza la importancia del derecho a la presunción de inocencia, merece una profunda reflexión. Este derecho es una piedra angular de nuestro sistema judicial y garantiza que ninguna persona sea considerada culpable, y por lo tanto condenada, sin un juicio justo y con todas las garantías. La sentencia STC 72/2024 subraya la necesidad de mantener altos estándares de justicia que se esperan de un estado de derecho, protegiendo al justiciable de posibles abusos judiciales. Al reforzar estos principios, el Tribunal Constitucional no solo protege los derechos del recurrente, en particular, sino que también fortalece la seguridad jurídica y la confianza en el sistema judicial español, tan cuestionada últimamente. Es imperativo que todos los operadores jurídicos internalicemos y respetemos estos principios, asegurando así un sistema judicial robusto y confiable, pero sobre todo garantista y a la altura de un estado de derecho, como el nuestro.

 

David Morro.

Abogado penalista.

Socio Director de Vidis Abogados SLP.