El reciente asesinato de un niño de 11 años en Mocejón, Toledo, ha conmocionado a la opinión pública. Según las informaciones disponibles, el presunto autor del crimen es un joven de 20 años, quien ya ha sido detenido por las autoridades. Este trágico suceso, que ha generado una gran indignación, nos lleva a preguntarnos ¿cuál sería la pena que podría aplicarse al autor? ¿Podría ser condenado a prisión permanente revisable? Veámoslo.
En el Código Penal, en particular, los artículos 139 y 140 del Código Penal, se tipifican el delito de asesinato y establecen la posibilidad de imponer la pena de prisión permanente revisable.
El artículo 139 del Código Penal define el asesinato como la muerte de una persona cometida con alevosía, por precio, recompensa o promesa, o con ensañamiento, aumentando deliberadamente el sufrimiento de la víctima. Estas circunstancias agravan el homicidio, convirtiéndolo en asesinato, con penas de prisión que oscilan entre los 15 y los 25 años.
Por otro lado, el artículo 140 introduce la prisión permanente revisable, una pena reservada para los delitos más graves, como es el caso del asesinato de menores de 16 años. Esta pena se impone cuando concurren circunstancias especialmente gravosas, tales como el asesinato tras una agresión sexual o cuando la víctima es una persona vulnerable debido a su edad o situación.
En el caso del niño de Mocejón, nos encontramos ante un crimen que podría encajar dentro de los supuestos previstos en el artículo 140 del Código Penal, siempre y cuando se califiquen los hechos como delito de asesinato y no de homicidio. El hecho de que la víctima sea un menor y que las circunstancias del asesinato sean tan brutales, hacen que la aplicación de la pena de prisión permanente revisable sea una posibilidad nada desdeñable. Este tipo de penas tiene como finalidad proteger a la sociedad, garantizando que los crímenes más atroces reciban una sanción acorde a su gravedad, y permitiendo a la vez una revisión periódica para valorar la posibilidad de reinserción del condenado.
La legislación penal española, en este sentido, actúa como un pilar fundamental en la protección de los más vulnerables, persiguiendo que actos tan crueles no queden impunes. Este trágico suceso en Mocejón refuerza la necesidad de aplicar las herramientas legales disponibles para sancionar de manera justa y efectiva a los responsables de los crímenes más graves.
David Morro.
Abogado penalista.
Socio Director de Vidis Abogados SLP.